¿DERECHO A LA ENERGÍA? PERO, ¿A QUÉ ENERGÍA?
Desde que el problema de la precariedad energética se ha puesto sobre la mesa del debate político, han surgido numerosas voces que claman por lo que se denomina "derecho a la energía", copiando el bien conocido lema del "derecho al agua ", identificando la energía con el agua como si fuera el mismo o fueran comparables.
La precariedad (o también llamada pobreza) energética tiene varias causas, entre ellas la pésima calidad energética de las edificaciones, lo que hace que para mantener un digno nivel de confort térmico en ellas se tenga que hacer un elevado nivel de gastos monetarios en energía, dado que estas edificaciones son escandalosos chupadores de energía, que la derrochan sin hacer la función para la que se supone que se utiliza: hacer la estancia, donde se hace vida y/o donde se trabaja, confortable desde el punto de mira térmico.
Lo que la precariedad energética ha puesto de manifiesto es que el sistema energético heredado del siglo XX es incapaz de garantizar el derecho a una vida digna para una gran cantidad de personas y familias, no sólo en nuestro país, sino en todo el planeta.
El disfrute de una vida digna supone disponer de diferentes tipos de servicios. Y la mayor parte de estos requieren energía para hacerlos efectivos. Es evidente, pues, que para disfrutar de una vida digna a las personas necesitamos una determinada cantidad de energía exo-somática, para complementar la energía endo-somática que nos permite sobrevivir físicamente.
El problema es ¿qué energía debemos utilizar para disponer de los servicios que permiten vivir dignamente, garantizando el derecho inalienable a una vida digna?
La civilización industrialista ha respondido esta cuestión imponiendo el dominio de los combustibles fósiles y nucleares, con tecnologías de generación que permiten que quemando/fisionando estos materiales se pueda disponer de calor y tecnologías que permiten transformar el calor (energía térmica) en otras formas de energía. Y no solo eso sino que son tecnologías a gran escala y centralizadas, que dan un enorme poder a muy reducidas minorías que ejercen su dominio sobre la sociedad.
Hoy cuando las sociedades humanas han de hacer frente a las consecuencias acumuladas de haber empleado, durante siglos, el fuego para disponer de energía, el llamado derecho a la energía debería ir acompañado de la responsabilidad de no contribuir a aumentar las emisiones de gases de efecto invernadero ni las emisiones de radiactividad.
Por lo tanto, el derecho que deberíamos reivindicar abiertamente y sin lugar a dudas es el derecho a captar, transformar y usar la energía que se manifiesta en los lugares donde hacemos vida (la radiación solar, la fuerza del agua y del viento, el calor de la tierra, la energía almacenada en la biomasa, etc.).
Tuve el honor y la oportunidad de poder trabajar, a lo largo de dos años bien largos, en el colectivo Constituïm(www.constituïm.cat). El trabajo resultante (El debate de las ideas: una propuesta de Constitución como herramienta de reflexión), en la Sección 6 (Derechos y deberes ecológicos), contiene el Artículo 54 (Derecho a los bienes comunes naturales), que dice: "Todo el mundo tiene el derecho de captar, transformar y utilizar la energía contenida en los flujos biosféricos y litosféricos, a fin de disfrutar de una vida plena y saludable. "
De hecho, ya hace unos años se reunió, en Berlín, la World Renewable Energy Assembly - WREA2005e hizo una declaración bien emblemática, que lleva por título The Human Rigth to Renewable Energy- El Derecho Humano a la Energía Renovable. En ella se puede leer: "La experiencia del siglo XX nos muestra que una sociedad basada en combustible fósiles y nucleares es incapaz de garantizar a toda la humanidad el derecho humano a la energía. . . . . pues viola consistentemente el derecho humano a una vida digna. . . . . . . . . Las energías renovables son las únicas que pueden garantizar el derecho humano a la energía. "
Defendamos, pues, el derecho a la energía renovable y dejemos de defender un supuesto derecho a disponer de energía quemando combustibles fósiles y fisionando combustible nucleares, pues querer garantizar el derecho a quemar y fisionar significa contribuir a empeorar la delicada salud del planeta, ya bastante maltrecha por el envenenamiento y el calentamiento de la atmósfera.
Pep Puig
Dr. Ing. Ind.
Desde que el problema de la precariedad energética se ha puesto sobre la mesa del debate político, han surgido numerosas voces que claman por lo que se denomina "derecho a la energía", copiando el bien conocido lema del "derecho al agua ", identificando la energía con el agua como si fuera el mismo o fueran comparables.
La precariedad (o también llamada pobreza) energética tiene varias causas, entre ellas la pésima calidad energética de las edificaciones, lo que hace que para mantener un digno nivel de confort térmico en ellas se tenga que hacer un elevado nivel de gastos monetarios en energía, dado que estas edificaciones son escandalosos chupadores de energía, que la derrochan sin hacer la función para la que se supone que se utiliza: hacer la estancia, donde se hace vida y/o donde se trabaja, confortable desde el punto de mira térmico.
Lo que la precariedad energética ha puesto de manifiesto es que el sistema energético heredado del siglo XX es incapaz de garantizar el derecho a una vida digna para una gran cantidad de personas y familias, no sólo en nuestro país, sino en todo el planeta.
El disfrute de una vida digna supone disponer de diferentes tipos de servicios. Y la mayor parte de estos requieren energía para hacerlos efectivos. Es evidente, pues, que para disfrutar de una vida digna a las personas necesitamos una determinada cantidad de energía exo-somática, para complementar la energía endo-somática que nos permite sobrevivir físicamente.
El problema es ¿qué energía debemos utilizar para disponer de los servicios que permiten vivir dignamente, garantizando el derecho inalienable a una vida digna?
La civilización industrialista ha respondido esta cuestión imponiendo el dominio de los combustibles fósiles y nucleares, con tecnologías de generación que permiten que quemando/fisionando estos materiales se pueda disponer de calor y tecnologías que permiten transformar el calor (energía térmica) en otras formas de energía. Y no solo eso sino que son tecnologías a gran escala y centralizadas, que dan un enorme poder a muy reducidas minorías que ejercen su dominio sobre la sociedad.
Hoy cuando las sociedades humanas han de hacer frente a las consecuencias acumuladas de haber empleado, durante siglos, el fuego para disponer de energía, el llamado derecho a la energía debería ir acompañado de la responsabilidad de no contribuir a aumentar las emisiones de gases de efecto invernadero ni las emisiones de radiactividad.
Por lo tanto, el derecho que deberíamos reivindicar abiertamente y sin lugar a dudas es el derecho a captar, transformar y usar la energía que se manifiesta en los lugares donde hacemos vida (la radiación solar, la fuerza del agua y del viento, el calor de la tierra, la energía almacenada en la biomasa, etc.).
Tuve el honor y la oportunidad de poder trabajar, a lo largo de dos años bien largos, en el colectivo Constituïm(www.constituïm.cat). El trabajo resultante (El debate de las ideas: una propuesta de Constitución como herramienta de reflexión), en la Sección 6 (Derechos y deberes ecológicos), contiene el Artículo 54 (Derecho a los bienes comunes naturales), que dice: "Todo el mundo tiene el derecho de captar, transformar y utilizar la energía contenida en los flujos biosféricos y litosféricos, a fin de disfrutar de una vida plena y saludable. "
De hecho, ya hace unos años se reunió, en Berlín, la World Renewable Energy Assembly - WREA2005e hizo una declaración bien emblemática, que lleva por título The Human Rigth to Renewable Energy- El Derecho Humano a la Energía Renovable. En ella se puede leer: "La experiencia del siglo XX nos muestra que una sociedad basada en combustible fósiles y nucleares es incapaz de garantizar a toda la humanidad el derecho humano a la energía. . . . . pues viola consistentemente el derecho humano a una vida digna. . . . . . . . . Las energías renovables son las únicas que pueden garantizar el derecho humano a la energía. "
Defendamos, pues, el derecho a la energía renovable y dejemos de defender un supuesto derecho a disponer de energía quemando combustibles fósiles y fisionando combustible nucleares, pues querer garantizar el derecho a quemar y fisionar significa contribuir a empeorar la delicada salud del planeta, ya bastante maltrecha por el envenenamiento y el calentamiento de la atmósfera.
Pep Puig
Dr. Ing. Ind.